El incumplimiento implica responsabilidades penales y civiles

RHSaludable
diciembre 03, 2013

El incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales implica responsabilidades penales, civiles y administrativas. Además, el proyecto de reforma del Código Penal incluirá novedades. La Confederación Empresarial Valenciana (CEV) y Unión de Mutuas han analizado las infracciones que se pueden cometer y las medidas a tomar para evitarlas en una jornada práctica.

La CEV y Unión de Mutuas han organizado una jornada sobre esta materia.

La CEV y Unión de Mutuas han organizado una jornada sobre esta materia.

El director del Área Jurídica de Unión de Mutuas, Juan Blasco, abordó en esta jornada la responsabilidad empresarial penal, y analizó en profundidad las novedades introducidas por la Ley Orgánica 5/2010 del Código Penal, así como las previstas en el Proyecto de reforma del Código Penal, aprobado el pasado 23 de septiembre en el Consejo de Ministros, con especial incidencia en la conveniencia de implantar adecuadamente el Manual de Prevención de Riesgos Penales.

En este sentido, el Proyecto de Reforma amplía la responsabilidad de las personas jurídicas y prevé, asimismo, la sanción de los directivos de las entidades en las que se cometan delitos por falta de adopción de medidas de prevención.

Blasco también analizó casos concretos en los que destacó las medidas convenientes para evitar o mitigar los riesgos para el empresario ante una posible imputación penal.

El director territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la Comunitat Valenciana, Eusebio Ortiz, analizó las responsabilidades administrativas ya que la Ley de Prevención de Riegos Laborales encomienda a la Inspección de Trabajo y la SS la realización, entre otras, de las funciones de vigilancia y control y sancionar su incumplimiento.

El director territorial de la Inspección de Trabajo desarrolló la aplicación de la potestad sancionadora de la Administración de acuerdo con los principios de legalidad, tipicidad, culpabilidad y proporcionalidad.

Las sanciones previstas son principalmente de carácter económico, que oscilan entre los 40 y los 819.780 euros de multa según se trate de infracciones leves, graves o muy graves. En todas ellas hay una graduación en función de la concurrencia de una serie de criterios agravantes o atenuantes.

Por su parte, la Magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Teresa Blanco, profundizó en la responsabilidad civil y el recargo de las prestaciones económicas por la falta de medidas de seguridad, con un amplio análisis de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en la materia.

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